jueves, 16 de junio de 2016

EL AIRE ACONDICIONADO Y LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS




Llega el verano, el calor aprieta y un vecino decide instalar un aparato de aire acondicionado. Todo muy habitual. Pero a partir de aquí pueden empezar los problemas: porque sea ruidoso, porque esté colocado en la fachada y la comunidad de propietarios considere que afecta a la estética del edificio… ¿Qué solución da la Ley a este problema?

La norma general… que no es norma general

Si el edificio tiene preinstalación de aire acondicionado (es decir, tiene ya los conductos preparados) solo hay que colocar un compresor, normalmente en la cubierta, y llevar el aire hasta la vivienda o local. En este caso no se plantean problemas, no hace falta ninguna autorización. Pero el caso más normal es que el edificio no esté preparado para la instalación de aire acondicionado y el vecino tenga que colocarlo por su cuenta. En este caso, inevitablemente, estará haciendo obras en elementos comunes, fundamentalmente patio, muros y fachada. La ley dice que en estos casos hace falta la unanimidad de todos los propietarios.

Pero lo cierto es que la jurisprudencia viene últimamente flexibilizando esta exigencia. España es un país caluroso y el aire acondicionado está dejando de ser un lujo para convertirse en necesidad. Así que numerosas sentencias indican que para instalar el aire acondicionado basta con el voto de la mayoría (no unanimidad) de los propietarios. Se basan para ello en:

  • -          Que el aire acondicionado está sujeto por medio de anclajes, que constituyen una obra menor
  • -          Que, por tanto, no altera la estructura ni seguridad del edificio
  • -          Que, como hemos dicho, es un avance tecnológico generalmente aceptado como fundamental para mejorar la calidad de vida y de uso habitual.



De todas formas, cuidado. Muchas sentencias limitan esta facultad cuando se perforan los muros o se rompen elementos comunes, o se coloca el aparato en un lugar que causa molestias, o cuando, por las circunstancias del caso, supone una grave alteración de la fachada. Como puede comprenderse, existe una abundante casuística y hay que analizar las circunstancias concretas. En estos casos de alteración grave de la fachada, se vuelve a la norma general de exigencia de acuerdo unánime

En los locales comerciales existe aún más manga ancha. Se considera que, dado que el aire acondicionado es casi un elemento imprescindible de la actividad, pues si el calor es sofocante ningún cliente va a entrar en el comercio, debe facilitarse al máximo su instalación y por tanto tampoco se exige unanimidad. Con el límite de que no modifique la estructura ni comprometa la seguridad y estabilidad del edificio.

Pues instalo el aire acondicionado sin pedir permiso a la Comunidad

Bueno…. Puede que la Comunidad no se quiera meter en líos por tan poca cosa o puede que sí. Aquí la jurisprudencia anda todavía confusa. Se puede afirmar que, en líneas generales, los tribunales aceptan esa instalación sin permiso siempre que el aparato no tenga un tamaño desproporcionado, que no perjudique a ningún vecino y que no afecte a la fachada principal de la finca. Puede que le salga a Ud. bien la jugada, pero también corre un riesgo importante.



¿Y si el aparato de aire acondicionado hace ruido?

Ese sí que es un problema grave. En primer lugar, porque el deterioro de la estética de la fachada no afecta a la salud de los vecinos, pero el no poder descansar sí. En segundo, porque no hay todavía una buena solución a este problema.

Los vecinos tienen varios caminos:

  • -       Denunciar el caso a las autoridades municipales, que generalmente cuentan con ordenanzas al respecto. Pero dejar las cosas por completo en manos de la Administración no suele resultar un buen negocio; no es el alcalde el que está sufriendo los ruidos en las noches veraniegas.
  • -       Se puede acudir a los Tribunales, tanto para denunciar posibles infracciones de las normas de Propiedad Horizontal, como, si las hay, de la normativa urbanística. Pero, claro, eso supone un acuerdo de la Comunidad, un juicio más o menos largo y costoso, con intervención de peritos que midan el nivel sonoro, etc.



¿Te has visto tú alguna vez en un problema de estos? ¿Cuál es tu experiencia?

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